Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 02 de agosto del 2016, por el abogado JOSÉ ANTONIO PAGLIARANI, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano SERGIO IGNACIO GARCIA CRUZ, contra la sentencia dictada el 26 de julio del 2016, por el Juzgado Cuarto de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2) INADMISIBLE la demanda de TERCERÍA incoada por el ciudadano SERGIO IGNACIO GARCIA CRUZ, identificado plenamente al comienzo de esta sentencia.
Queda CONFIRMADA la apelada.
Se condena en las costas del recurso, a la parte apelante, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimie.....