esta Sala Séptima de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana MONIQUE PALIS, DEFENSORA PÚBLICA SEXAGÉSIMA QUINTA (65) PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en su carácter de defensora del ciudadano JOSÉ LUIS PÉREZ MIJARES, fundamentado en el artículo 447.4 del texto Adjetivo Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 8 de abril de 2009, por el Juzgado Vigésimo Séptimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad al mencionado ciudadano, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES.....