SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado RODOLFO ANTONIO RODRIGUEZ LANZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en contra de la sentencia de fecha doce (12) de abril de 2010 dictada por el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida.
No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo previsto en el Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.