Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la suspensión de efectos solicitada por el abogado Carlos Julio Sánchez Olivares, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 163.520, actuando en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos: ELIAS EDUARDO PERNÌA LUNA, EURO ANTONIO DÌAZ VILORIA, JESÙS ORTEGA DURÀN, CARLOS JULIO SANCHEZ MORA, JESÙS GREGORIO GONZÀLEZ ESCALANTE, CESAR AUGUSTO MUJICA LEIVA, ARQUÌMEDES ORTÌZ SERRANO, PEDRO MANAURE RIVAS, titulares de la cédula de identidad Nros. 9.123.084, 9.086.587, 9.130.140, 5.686.688, 8.094.315, 4.951.836, 4.690.695 y 6.413.477, respectivamente, quienes interpusieron la presente querella conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos contra el Acto Administrativo contenido en la Orden Administrativa Nº 132, de fecha 16-10-2011, dictado .....