En fuerza del razonamiento que precede este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara PROCEDENTE la medida de amparo cautelar solicitada en la querella interpuesta conjuntamente con amparo cautelar por el ciudadano MANUEL ALEJANDRO GASCON RAMOS, titular de la cédula de identidad Nro. 14.313.747, debidamente asistido por el abogado Gendry González, Inpreabogado Nro. 195.143, en su condición de Defensor Público Auxiliar de la Defensoría Pública Segunda, con competencia en materia Contencioso Administrativo del Área Metropolitana de Caracas, contra el Acto Administrativo de fecha 15 de diciembre de 2014, suscrito por el Consejo Directivo del FONDO NACIONAL ANTIDROGAS (FONA), por medio del cual se remueve al querellante del cargo de Fiscal, adscrito a la Dirección de Fiscalización de Contribuyent.....