DISPOSITIVA:
Por todas las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Noveno de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de Barquisimeto Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: Declara Con Lugar la Solicitud de Sobreseimiento hecha por la Fiscal Quinto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en la presente causa donde figura como víctima; el ciudadano Ernesto Catalina Colina, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 4.158.58, residenciado en el caserío la Tronadora, Municipio Simón Planas, hecho cometido por Argenis Ramón Troconis Rincón . Todo ello conforme a lo pautado en el ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal, por haber operado la prescripción de la acción penal, y en consecuencia, se decla.....