Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario ejercido subsidiariamente al Recurso Jerárquico por el Ciudadano ZHENG RIFENG, titular de la cédula de identidad N° 82.115.926, actuando en representación de la Sociedad Mercantil BAR RESTAURANT ALEGRIA, S.R.L., asistido por el Abogado Omar Pompa Álvarez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 7.699, contra las Resoluciones Nos. SAT-GTI-RCO-600-2411 y SAT-GTI-RCO-600-2412 y sus respectivas planillas de liquidación, ambas de fecha 01-10-2001 emanadas de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Centro Occidental del Servici.....