Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la querella interpuesta por la abogada Aura Rincón de Kassar, Inpreabogado N° 1.871, actuando como apoderada judicial del ciudadano RAY ENRIQUE AVENDAÑO GONZÁLEZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.407.334, contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES.