En mérito de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana DIENNY JAZMÍN IZARRA LUCENA, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.169.446, representada por los abogados Reinaudrey Milagros Zaragoza Díaz y Edwin Antonio Romero, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 113.227 y 64.824 respectivamente, en contra de la SUPERINTENDENCIA DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA. En consecuencia:
PRIMERO: SE DECLARA válido el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa Nro. SAA-002333, dictado el 14 de octubre de 2014 por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, a través del cual se resolvió su cese del cargo de Directora Jurídica Encargada, y su remoción y retiro del cargo de Coordinadora del Área de Averiguac.....