Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO (15°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS , administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO en la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoado por la ciudadana MARIA EUGENIA MUDARRA CAMACARO, titular de cedula identidad N° V- 19.562.363, en contra de la entidad de trabajo SUPERINTENDENCIA DE LA ACTIVIDAD SEGURADORA (SUDEASEG). SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo