Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
1.- PRIMERO: ADMITE provisionalmente el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos por los Abogados MARÍA ALEJANDRA ABREU ARZOLA y JAIME RIVEIRO VICENTE, actuando como apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil "BAR RESTAURANT SPORT BOOK MILENIUM, C.A.", inscrita en el Registro Mercantil IV de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nº 19, Tomo 54 A Cto., de fecha 04 de junio de 2007, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº L/078.05.08/2008 de fecha 27 de mayo de 2008, dictada por la Dirección de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, ello sin examinar .....