En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La confesión ficta del ciudadano José Eduardo Sánchez; y en consecuencia, PROCEDENTE en Derecho la pretensión de resolución judicial del contrato de venta con reserva de dominio celebrado el 30 de julio de 2007, entre la sociedad mercantil "Lumovil, C.A" y el precitado ciudadano, archivado ante la Notaría Pública Vigésima Quinta del Municipio Libertador del Distrito Capital, el 8 de agosto de 2007, bajo el N° 192736, el cual tiene por objeto un vehículo marca Renault, modelo Megane 1.6 Sinc, año 2008, color negro nacarado, tipo sedan, clase automóvil, uso particular, placas MFF 98J, serial de carrocería 9FBLA040E8L826311, serial de motor P743Q008709, incoada por la entidad financiare Banco Fe.....