Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la Sociedad Mercantil CENTRO MÉDICO DE CARACAS, C.A., contra la Orden C.E. No. 1.711-98/33 celebrada el 09 de marzo de 1998 por el Comité Ejecutivo del INCE, notificada a la contribuyente a través del acto administrativo No. 210.100/59 de fecha 16 de abril de 1998, emanada de la Presidencia del referido Instituto. En consecuencia:
PRIMERO: Se declara la NULIDAD de la Orden C.E. No. 1.711-98/33 celebrada el 09 de marzo de 1998 por el Comité Ejecutivo del INCE, notificada a la contribuyente a través del acto administrativo No. 210.100/59 de fecha 16 de abril de 1998, emanada de la Presidencia del referido Instituto, mediante la cual ordena ratificar la Comunicación No. 252.001-039 del .....