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DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho que han quedado expuestos, éste Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y Sede en la Ciudad de Caracas (En Transición) administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la oposición a la traba hipotecaria fundamentada en el ordinal 5° del artículo 663 del Código de Procedimiento Civil, presentada en el escrito fechado 24 de septiembre de 2003 por la representación judicial de la parte demandada.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de EJECUCIÓN DE HIPOTECA incoada por el BANCO PLAZA, C.A., contra los ciudadanos LUIS ENRIQUE BENITES CORDERO, IRMA NINOSKA PASTORA PEÑUELA DE BENITEZ, CARLOS FELIPE REINA CORDERO y YOLANDA ISAAC DE REINA, y la sociedad mercantil CENTRO COMERCIAL BARQUISIMETO, C.A. (CECOBARCA), todos identificados en el encabezado de esta sentencia, y se .....