Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Estadal Decimo de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la abogada MARISELA CISNEROS AÑEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 19.655, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana EMMA DEYANIRA LEAL BELLO, titular de la cédula de identidad N° 12.616.179, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL SERVICIO PENITENCIARIO. En consecuencia:
PRIMERO: Se NIEGAN todas y cada una de las pretensiones contenidas en la querella funcionarial interpuesta.
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes de la presente sentencia de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese al ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA B.....