Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA FORMAL, declarando con lugar el recurso de apelación interpuesto en fecha 12 de marzo de 2004, por el ciudadano Egidio Anunziato Belsito Cofone, contra la sentencia de fecha 05 de marzo de 2004, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En consecuencia, se REPONE LA CAUSA al estado en que se encontraba para el 24 de octubre de 2001 y se declara INADMISIBLE la demanda interpuesta por el ciudadano Julio César Sánchez, contra la firma mercantil Inversora Belsito, S.A., representada por su presidente, ciudadano Edigio Anunziato Belsito Cofone. Se REVOCA la medida preventiva de prohibición de enajenar y gravar decretada en fecha 24 de octubre de 2001. Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.