-IV-
DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la abogada MARÍA OLIMPIA LABRADOR, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión dictada el día dieciocho (18) de junio de este mismo año, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, que Negó el Decreto de las Medidas Preventivas de Prohibición de Enajenar y Gravar e innominada, respectivamente, solicitadas por la mencionada representación judicial, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue la sociedad mercantil 123.COM.VE., C.A., contra la sociedad mercantil LEVEL 3 VENEZUELA, S.A. Queda CONFIRMADO en todas y cada un.....