III
D E C I S I Ó N
En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la parte demandada empresa "CIRCO HERMANOS VALENTINOS CA"oferente "SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA SA" y la parte actora, la ciudadana MARIA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad CI V-9.133.389, quien actúa en nombre propio y en representación de sus hijos ciudadanos: EDWAR RUFINO DIAS HERNANDEZ, ANDERSON DIAZ HERNANDEZ, JOSE EUSEBIO DIAS HERNANDEZ y YESENIA YOLANDA DIAZ HERNANDEZ, todos venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nrs: V-14.975.898, V-21452.377, V-20.061.055 y V-14.975.897, respectivamente, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, dejando expresa constancia que solo .....