Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por el abogado Máximo Febres, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 33.335, en su carácter de apoderado judicial de la empresa SISTEMAS INTEGRALES DE SALUD S.I.S.C.A, C.A, contra la Resolución Nº 283-2013-02-12, de fecha 08 de febrero de 2013, emanada del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES). En consecuencia se anulan:
i) La cantidad de DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 233.222,00), por incumplimientos de los ordinales 1° y 2° respectivamente, del Artículo 10 de la Ley sobre el Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE) ya derogada, en concordancia con los numerales 1° y 2° respectivamente, del Artículo 14 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del I.....