El Recurso fue declarado EXTINGUIDO POR DECAIMIENTO DEL INTERES PROCESAL, mediante Sentencia Interlocutoria Nº 191/2012 dictada y publicada por este Tribunal en fecha diez (10) de Octubre de 2012, y declarada definitivamente firme mediante auto de fecha seis (06) de Mayo de 2015. Ahora bien, visto lo solicitado por la ciudadana Nubia del C. Moreno Pérez, ya identificada, este Órgano Jurisdiccional ordena de conformidad con lo establecido en el artículo 287 del Código Orgánico Tributario vigente, la ejecución voluntaria de la Sentencia Interlocutoria Nº 191/2012 dictada y publicada por este Tribunal en fecha diez (10) de Octubre de 2012, para lo cual se le concede un plazo de cinco (05) días continuos, a la contribuyente "SERVICENTRO INDUSTRIAL, S.A.", siguientes a su notificación, a fin que cumpla o demuestre haber cumplido con lo dispuesto en la señalada decisión.-