Con fundamento en las precedentes consideraciones este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara LA CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadano SANTOS GRACES RAMIREZ , En consecuencia se declara CON LUGAR la demanda que por desalojo interpuso contra él la ciudadana ROSA LEON DE HOHN, ambas partes plenamente identificadas en el cuerpo de la presente decisión.
En consecuencia, se condena al demandado a PRIMERO: Desalojar y hacer entrega material a la parte actora del bien inmueble constituido por una casa ubicada en la calle Ricaurte Nº 31-9, población del Municipio Baruta, del Estado Miranda, una vez que se encuentre definitivamente firme el presente fallo. SEGUNDO: Pagar a la ciudadana ROSA LEON DE HOHN, en su calidad de arrendataria los meses dejados de cancelar y que corresponden a Enero, Febrero, Mar.....