este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: AUTORIZA al TUTOR RICARDO DE ARMAS DÁVILA del entredicho SALVADOR ALEJANDO DÁVILA DE ARMAS a realizar inversiones en varios activos que puedan generar una renta o incluso se adquieran bienes inmuebles si fuera conveniente, siempre y cuando no comprometan al entredicho en Hipotecas, créditos y/o alguna deuda, que merme su capital. ASÍ SE DECLARA.
SEGUNDO: Punto Dos del acta: Dicho punto trata sobre los activos que le fueren asignados al entredicho, una vez se acuerde y se cumpla con la partición amigable de la Sucesión MARINA DÁVILA DE ARMAS, cosa que a la presente fecha no se ha acordado, más sin embargo, visto que en fecha 6 de julio de 2020, se acordó la creación de la Fundación SALVADOR ALEJANDRO DE ARMAS DAVILA,.....