DECISIÓN
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, la Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley:
Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Profesionales del Derecho JAVIER MARCANO y ERKIN SALGADO, en su condición Defensores Privados de la ciudadana MILENA PORTILLO MANOSALVA, a quien se le sigue la presente causa, por la presunta comisión de los delitos de ESTAFA CONTINUADA y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 462 y 286 del Código Penal, en contra de la decisión dictada el 28 de octubre de 2014, con ocasión de la celebración de la audiencia preliminar, mediante la cual admitió medios de pruebas ofrecidos por el Ministerio Público.