Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 29 de junio de 2005, por el abogado Antonio Bello Lozano Márquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.767.731, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 16.957, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente ABC FORMAS Y SISTEMAS, C.A. En consecuencia:
1) Se ANULA:
El acto administrativo contenido en la Resolución N° 6066 de fecha 10 de mayo de 2005, dictado por la Gerencia General de Tributos del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), y por consiguiente, las siguientes cantidades:
i) La cantidad DIECISIETE MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UN BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 17.192.741,00), por concepto de aporte del 2% (numeral 1del artículo 10 de la Ley sobre el INCE.....