Decisiones del dia 08/02/2008
N° Expediente :
41740
N° Sentencia :
Fecha: 08/02/2008
Procedimiento: Estimación E Intimación De Honorarios Profesionale
Partes: PEDRO JOSE URIOLA Y LUIS MANUEL PIÑANGO G., CONTRA LAS CIUDADANAS ESTELA AMAPARO GUILLERMO RODRIGUEZ, VIUDA DE AGUILAR Y MARIA ESTELA DE LA CANDELARIA AGUILAR GUILLERMO
Resumen:
Siendo el día de hoy el Tercero (3ero) de los días de despacho, que señaló el Tribunal para resolver la reclamación efectuada por los abogados PEDRO JOSE URIOLA y LUIS MANUEL PIÑANGO G., contra las ciudadanas ESTELA AMAPARO GUILLERMO RODRIGUEZ, viuda de AGUILAR y MARIA ESTELA DE LA CANDELARIA AGUILAR GUILLERMO, este Juzgado por cuanto considera que existen hechos que probar en la presente incidencia, ordena aperturar la articulación probatoria de ocho (8) días de despacho siguientes al hoy, tal como fuera señalado en el auto de fecha 18 de octubre de 2007, procediendo este Juzgado a decidir al Noveno (9) día, todo conforme lo establecido en el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil
Juez/Ponente:
María Rosa Martínez
Organo:
Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
N° Expediente :
43646
N° Sentencia :
Fecha: 08/02/2008
Procedimiento: Partición De Bienes
Partes: UIS EDUARDO LUCERO SÁNCHEZ, CONTRA MARIA NAYAIRA CONCHA AZUAJE
Resumen:
el Código de Procedimiento Civil, establece en su artículo 778, lo siguiente:
"En el acto de la contestación, si no hubiere oposición a la partición, ni discusión sobre el carácter o cuota de los interesado y la demanda estuviere apoyada en instrumento fehaciente que acredite la existencia de la comunidad, el Juez emplazará a las partes para el nombramiento del partidor al décimo día siguiente." (Negrillas, cursivas y subrayado del Tribunal)
De la norma parcialmente transcrita, se infiere que la parte demandada tiene la posibilidad en al acto de contestación a la demanda, de hacer oposición a la partición, pero si no hace uso de ese medio de defensa o se ejerce extemporáneamente, no hay controversia y el Juez debe considerar que ha lugar la partición.
En el caso de marras la parte demandada, no compareció a dar contestación a la demanda por lo que debe entender este Juzgado que ante tal contumacia que no existe controversia y no hay discusión sobre la partición; y, como consec.....
Juez/Ponente:
María Rosa Martínez
Organo:
Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
N° Expediente :
45217
N° Sentencia :
Fecha: 08/02/2008
Procedimiento: Divorcio 185-A
Partes: JOSÉ LUIS TURNES MURIA Y ROSA XIOMARA SERRANO RODRÍGUEZ
Resumen:
Por recibido y visto el anterior libelo de demanda suscrito por los ciudadanos José Luis Turnes Muria y Rosa Xiomara Serrano Rodríguez, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros 4.672.316 y 5.407.465 respectivamente, debidamente asistidos por la abogada Josefa A. Linares R., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 29.282, y los recaudos acompañados a la misma, el Tribunal admite cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la ley, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A, del Código Civil. En consecuencia, ordena citar al representante del Ministerio Público, quien deberá comparecer por ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos que de su citación se haga
Juez/Ponente:
María Rosa Martínez
Organo:
Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito
N° Expediente :
43589
N° Sentencia :
Fecha: 08/02/2008
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: OSWALDO SERMES VS COLGATE PALMOLIVE Y OTROS
Resumen:
Respecto a la prueba de confesión promovida por la parte demandada en el Capitulo II, a fin de que se atribuya tal carácter a hechos afirmados por el actor en el libelo, observa el Tribunal que las exposiciones que emiten las partes para apoyar sus defensas, no constituyen una " confesión como medio de pruebas", pues en estos casos lo que se trata es de fijar el alcance y límite de la relación procesal, es decir, los hechos que las partes alegan al concurrir al proceso no contienen "animus confidendi", debiendo el Juez al dictar sentencia analizar y valorar todo lo alegado y probado en autos, de ahí que, siendo indispensable en la prueba de confesión que la manifestación de la parte acompañada del animo correspondiente, es decir, del propósito de confesar en beneficio de la otra parte, resulta forzoso inadmitir la prueba de confesión promovida. Así se estable.
Juez/Ponente:
María Rosa Martínez
Organo:
Juzgado Primero Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito