En virtud de todo lo anterior, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado JULIO CESAR MARQUEZ, ya identificado, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EDDA COROMOTO PEREZ, LUISA ACOSTA RODRIGUEZ y GERMAN GARCIA ZAPATA ya identificados.
En consecuencia, se declara la nulidad de los actos administrativos contenidos en los Oficios Nos. 1959 y 3203 de fechas 16 de julio y 18 de diciembre de 2001 suscritos por la Directora General de Institutos y Colegios Universitarios del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, y se ordena a la Dirección General de Institutos y Colegios Universitarios, examinar el trabajo de ascenso denominado "PROYECTO-PLAN PARA EL DESARROLLO CURRICULAR DE LA CARRERA: TECNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO EN MERCADEO" presentado por los .....