Primero: Declara Parcialmente con Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial (Bono Vacacional, Bono de Fin de Año y otros conceptos), interpuesto por los abogados Judith Cartaya y Juan Moncada Arévalo, apoderados judiciales del ciudadano Ramón Antonio Lugo Rodríguez, ut supra identificados, contra la Alcaldía del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda.
Segundo: Se ordena a la Alcaldía del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, proceda en forma inmediata, a efectuar el pago al querellante, del bono vacacional y bono de fin de año, correspondiente al año dos mil siete (2007), y los que se puedan generar en el transcurso del presente juicio.
Tercero: Se declara la caducidad de la acción para el reclamo de los pagos pretendidos por el recurrente correspondiente a los años 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006, conforme a lo expuesto en la motiva del presente fallo.
Cuarto: Se ordena la realización de una experticia complementaria del fallo a los fines de d.....