En mérito de las razones expuestas precedentemente, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad incoado por la abogada Mary Rodríguez Herrera, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matrícula Nº 10.067, en el cual interpuso un Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra la Providencia Administrativa Nº 209-08, de fecha 19 de marzo de 2008, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital del Municipio Libertador (Sede Norte), mediante la cual se declaró con lugar el procedimiento de desmejora incoado por la ciudadana Mayira Del Valle Madera Sánchez, titular de la cédula de identidad Nº V-7.661.676 contra la empresa TEXTILES GAMS, C.A.
Publíquese, regístrese y déjese copia conforme lo establece el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese a la c.....