Por todo lo antes señalado, este Tribunal de Primera Instancia en fase de ejecución, ACUERDA lo solicitado por la representación legal de la demandada, LATINOAMERICANA DE SEGUROS, S.A., suspendiéndose definitivamente el procedimiento de ejecución de la sentencia firme proferida por el Juzgado Octavo Superior del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en fecha 02 de Junio de 2008, mediante la cual se declara el crédito laboral a favor de la accionante ciudadana FELICIDAD RIVERA RIVERA, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.295.327; en consecuencia se DECLARA en primer lugar, la NULIDAD por contrario imperio de los autos de ejecución dictados en fecha 20 de mayo de 2009, inserto a los folios 49 y 50 de la 3ª pieza del expediente; 28 de mayo de 2009, inserto a los folios 74 y 75 de la 3ª pieza del expediente; 28 de mayo de 2009, inserto a los folios 76 y 77 de la 3ª pieza del expediente; 18 de Junio de 2009, inserto al folio 99 de la 3ª pieza del expediente; 17 de Julio de 2009, ins.....