III
D I S P O S I T I V A
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y Sede en la Ciudad de Caracas (En Transición), administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: DESECHADO Y EXTINGUIDO el proceso que por INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES intentaran las Sociedades Mercantiles: COTÉCNICA, C.A., INVERSIONES COTÉCNICA, C.A., COTÉCNICA CHACAO, C.A., COTÉCNICA CARACAS, C.A., y COTÉCNICA LA BONANZA, C.A., contra el BANCO LATINO, C.A., y FONDO DE GARANTIA DE DEPOSITOS Y PROTECCÓN BANCARIA (FOGADE).-
Se condena al pago de costas a la parte actora en virtud de haber resultado totalmente vencida en el presente proceso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
Se ordena la se ordena la notificación de las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Proce.....