Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el desistimiento del procedimiento incoado por el ciudadano MARIO LÓPEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.386.867, debidamente asistido por las abogadas Luisa Gioconda Yaselli Pares y Laura Capecchi Doubain inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros 18.205 y 32.535, respectivamente, contra el Instituto Autónomo de Policía del estado Miranda, y así se decide