Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA: INADMISIBLE la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO y/o DAÑO MORAL incoara la ciudadana AMIRA MERCEDES INFANTE contra la ciudadana YURAIMA MARÍA MELENDEZ PARRA, ampliamente identificados al inicio, por resultar la misma contraria al orden público.-