este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Asimismo, se acuerda en este mismo acto a devolver las pruebas presentadas por el representante de la Empresa demandada. Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los Ocho (08) DIA del mes de Junio de dos mil Nueve (2009). PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 147° y 198°
EL JUEZ
La Secretaria
Abg. FELIX MILANO Abg. JOSSY PEREZ.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA.