Por los fundamentos antes expuestos, y criterio jurisprudencial y doctrinal arriba citados, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO.- SIN LUGAR las Medidas de Protección Cautelar Anticipada, generada en el juicio por uso indebido de marca y daños y perjuicios, solicitadas por los abogados MIGUEL ÁNGEL VELÁSQUEZ TINEO, MARÍA LUCIA OLIVARES, FLAVIO CHÁVEZ y LEONARDO MONCADA apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil ANCHOR FASTENERS C.A., contra la Sociedad Mercantil ANCLAJES POWERS, C.A., representada judicialmente por los abogados PEDRO LUÍS MALAVE y AIDA ROSALES. SEGUNDO.- SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 19 de noviembre del 2008 por el abogado JESUS ALBERTO CHACÓN en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada el.....