DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda DECLARAR SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 31 de marzo de 2015, por los profesionales del derecho CARLOS DE LA CRUZ y JOSÉ BRACAMONTE, en su carácter de defensores de los ciudadanos ANYER ANTONIO MARQUEZ CRESPO y MARELVIS JOHANA BURGOS SABATA, en contra de la decisión dictada el 24 de marzo de 2015, por el Juzgado Cuadragésimo Sexto (46º) de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en la cual otorgó a los ciudadanos ANYER ANTONIO MARQUEZ CRESPO y MARELVIS JOHANA BURGOS SABATA, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 242 numeral 9 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de PECULADO DOLOSO, previ.....