procede a tocar las puertas del local y nadie atendió el llamado por lo que designa cerrajero al ciudadano ROBERT ANTONIO GUILARTE TORRES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 10.823.384, quien encontrándose presente acepto el cargo y presto el juramento de ley y procedió a abrir las puertas del local. Una vez dentro del mismo el Juez deja constancia que el local se encuentra libre de personas y bienes por lo que restituye a la parte demandada en el mismo y declara practicada la medida de restitución del local anteriormente señalado. Se deja constancia que se realizó el cambio de cambio de las cerraduras de las puertas. y siendo la 1:00 P.M