DISPOSITIVO
En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte accionante, en contra de la sentencia dictada el día veinticinco (25) de marzo del año dos mil trece (2.013), por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial; mediante la cual declaró improcedente la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano MANUEL LUCIANO PEREIRA GONCALVES, en contra de la decisión dictada el día treinta (30) de noviembre del año dos mil doce (2.012), por el Juzgado Décimo Noveno de Municipio de esta Circunscripción Judicial, en el juicio de desalojo intentado por la so.....