DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Circunscripción Judicial Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda DECLARAR SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto el 9 de mayo de 2016, por el profesional del derecho JUAN DUQUE GUERRERO, Defensor Público Vigésimo Octavo (28º) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensor del ciudadano JOSE GREGORIO MOLINA RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 25.718.224, contra la decisión dictada por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia Estadal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, el 1 de mayo de 2016, con ocasión a la celebración de la Audiencia para la Presentación del Aprehendido, fundamentada en la misma fecha, mediante la cual "...DECRETA la medida cautelar de privación judicial preve.....