DISPOSITIVO
En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto (6°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Hecho ejercido por la abogada Sayrelis Ramírez, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra el auto dictado por el Tribunal Cuadragésimo Segundo (42º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 08 de junio de 2022, que negó la apelación interpuesta en fecha 13 de junio de 2022 por la parte actora en fecha 13 de junio de 2022; SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto recurrido; TERCERO: Se condena en costas a la parte demandante recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 61 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y .....