Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y Sede en la Ciudad de Caracas ( EN TRANSICION), Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo estatuído en los artículos 12, 242, 243 y 506 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en los artículos 486,487, 544 al 547 del Código de Comercio, DECLARA: CON LUGAR LA DEMANDA INCOADA POR BANESCO BANCO UNIVERSAL S.A.C.A CONTRA INMOBILIARIA PARINEL-LA ANGULERA C.A, todos identificados en la primera parte de ésta decisión.