En este estado , el Tribunal con vista a los términos expuesto en la presente Transacción, por cuanto los mismos no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, le imparte su homologación dándole efectos de cosa juzgada. Se acuerda expedir sendas copias certificadas. Es todo terminó se leyó y conformes firman,