Este Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA: Medida de Embargo Ejecutivo sobre los bienes propiedad de la sociedad mercantil "SOMOS SALUD, C.A.", y solidariamente LUÍS GUILLERMO LAPLANA MARTÍNEZ y RAFAEL JOSÉ LAPLANA MARTÍNEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 291 del Código Orgánico Tributario en concordancia con lo previsto en el artículo 527 del Código de Procedimiento Civil, constituida por las siguientes cantidades: La suma total de 6.965 U.T., cantidad señalada en el Libelo de Demanda por Cobro de Derechos Fiscales en Juicio Ejecutivo, presentado en fecha 18-07-2012, sin perjuicio de las costas procesales calculadas por el Tribunal en la cantidad de 696,50 U.T. equivalentes al diez por ciento (10%) de 6.965 U.T. monto principal reclamado.