Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de Apelación, interpuesto por la Abogada ALEJANDRA FERMIN, en su carácter de apoderada Judicial de la parte actora, contra la decisión de fecha 11-6-2014, emanada del Juzgado (13º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por la abogada MARIA VALENTE, en su carácter de apoderada Judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 11-6-2014, emanada del Juzgado (13º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: SE MODIFICA el fallo apelado. No hay condenatoria en costas.