Ahora bien, en atención al artículo y a la jurisprudencia parcialmente transcrita, es forzoso para quien aquí decide negar la suspensión de los actos de ejecución solicitada por la representación judicial de la Tercera, Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA EL SALADILLO, C. A., ordenándose seguir con los trámites de ejecución en el presente juicio y ASÍ SE DECLARA.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas (En Transición), en Caracas, a los ocho (08) días del mes de octubre de dos mil nueve (2009). Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.
LA JUEZ TITULAR
Dra. CAROLINA GARCÍA CEDEÑO
LA SECRETARIA Acc.
MARIA FERNANDA PIÑA
Se deja constancia que en esta misma fecha, siendo las diez y treinta y cinco minutos de la mañana (10:35 a. m.), se registró y publicó la anterior decisión, previa las formalidades de Ley.
LA SECRETARIA ACC.
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