DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano Abg. JOSÉ LUIS TAMAYO, en su condición de Defensor del ciudadano Acusado JOSÉ RAFAEL RAMÍREZ CÓRDOVA, contra la decisión dictada por el Tribunal Vigésimo (20°) de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del Juez JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO, en fecha 16 de junio de 2010, mediante la cual Declaró Con Lugar "...la solicitud del Ministerio Publico y en consecuencia acuerda la prórroga que solicita de la Privación Judicial Preventiva de Libertad del acusado JOSÉ RAFAEL RAMÍREZ CÓRDOVA, por el lapso de un (1) año, que comenzará a computarse desde el 12-6-2010, venciendo dicho lapso el 12-6-2011, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal..."; y, por vía consecuencial, REVOCA LA DECISION RECURRIDA; haciendo hincapié este Superior Despacho en señalarle al Tribunal a quo la obligación en qu.....