Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se declararon CON LUGAR LOS RECURSOS DE APELACIÓN interpuestos en fechas 08 y 19 de marzo de 2012, por los abogados Lorena Brizuela Yépez y Agustin D´Onghia, apoderados judiciales de los codemandados Pedro Hermodamante Molina Guerra y Pablo María Torres Arguelles, respectivamente, contra la sentencia dictada en fecha 06 de marzo de 2012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se declaró SIN LUGAR LA DEMANDA POR NULIDAD DE DOCUMENTO interpuesta por el ciudadano Frec Eloy Manrique Reyes, contra los ciudadanos Pablo María Torres Arguelles y Pedro Hermodamante Molina Guerra, todos identificados en autos. Quedó así REVOCADA la sentencia apelada. Se condenó en costas a la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.