Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Noveno Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- SU COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano ANTHONIO JOSÉ MÁRQUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-4.081.857, debidamente asistido por el abogado Jesús Cordero Hernández, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 170.293 contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL.
2. INADMISIBLE POR CADUCO el presente recurso contencioso administrativo funcionarial.