En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Séptimo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por las abogadas María Elida Guillén y Zurilma Blanco, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad nros. 9.473.435 y 5.610.326, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo los nros. 49.469 y 32.789, respectivamente, en sus condiciones de apoderadas judiciales del ciudadano Juan Jesús Pérez Alfonzo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 4.680.688, contra la Providencia Administrativa Nº 51-03 de fecha 5 de mayo de 2003, mediante la cual se declaró la caducidad de la solicitud de reenganche y pago de los salarios caídos interpuesta por el ciudadano Juan Jesús Pérez Alfonzo, ya identificado. En consecuencia se declara la nulidad absoluta de la Providencia Admin.....