II
DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara Con Lugar la Acción Intentada, por el ciudadano PEDRO MARÍA VIVAS PRADA, cédula de identidad N°634.364, contra la sociedad mercantil ANNFELCA SEGURIDAD C.A., inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº68, Tomo 135-A-Sgdo., en fecha 21-07-2005: PRIMERO: Por concepto de Prestación por antigüedad, la cantidad de TRESCIENTOS DIEZ Y OCHO MIL TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 318.300,00). SEGUNDO: Por concepto de Vacaciones Fraccionadas, la cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs.100.00,00). TERCERO: Por concepto de Bono Vacacional Fraccionado, la cantidad de CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs.46.400,00). CUA.....