Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al Mandato Constitucional contenido en el artículo 26, a tenor de lo dispuesto en los artículos 437, 447 numeral 5º, 448 y 450, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE el Recurso de APELACIÓN DE AUTO interpuesto por los Doctores VICTOR MALDONADO y ALEXANDRA CAROLINA MIJARES TERAN, en su carácter de Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público a Nivel Nacional comisionado en la Fiscalía Décima Tercera del Ministerio Público con competencia en Ejecución de la Sentencia a Nivel Nacional, y Fiscal Auxiliar Décima Tercera a Nivel Nacional con Competencia en Ejecución de Sentencia, con fundamento a lo establecido en el artículo 447 numeral 5° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dict.....